Ana Luiza Panyagua Etchalus El contrato de trabajo, como la mayoría de los contratos, siempre ha sido visto como un hecho transaccional, simplificado en el concepto de intercambio de trabajo por alguna remuneración. Sin embargo, a pesar de que su formato y naturaleza tiene un carácter esencialmente personal, los aspectos relacionales y psicológicos resultantes no suelen ser afrontados por los profesionales del derecho, ya sean jueces, abogados o mediadores, especialmente en el ámbito de la resolución de conflictos que surgen de la relación de trabajo. Analizar el carácter relacional del contrato de trabajo, a partir del examen de la Teoría Relacional de los Contratos, asociado al estudio del Contrato Psicológico, añadiendo perspectivas sociológicas y psicológicas al examen de la naturaleza jurídica del contrato en la llamada sociedad 5.0 y su relación con los Medios Alternativos de Solución de Conflictos, en particular con la Mediación, es el tema central de un reciente trabajo de
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