Administración y Mediación
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Luis Cantero y Gerardo Carballo |
Hace una década se estimaba que
en España estaban en vigor no menos de 100.000 normas, entre estatales y
autonómicas, cifra que no ha parado de incrementarse en los últimos años. Cinco
años atrás, el promedio de la copiosa producción normativa se aproximaba a la
publicación de cerca de mil normas anuales. El pasado año, 2021, el conjunto de
páginas publicadas por los Boletines Oficiales de ámbito estatal y autonómico alcanzó
la cifra de 1.088.049 páginas. Buena parte de esa desmesurada regulación
normativa, se englobaría en lo que se conoce como Derecho Administrativo, es
decir, la rama del derecho público que regula la organización, funcionamiento,
poderes y deberes de la Administración Pública, estatal autonómica y local.
Es lícito sospechar que tal
jungla regulatoria pueda ocasionar disfunciones burocráticas, particularmente
en administraciones locales que no
disponen de los recursos materiales ni personales suficientes para poder
atender todo el tráfico de asuntos, ralentizando algunas de las gestiones
propias de esos organismos, o la ejecución de procedimientos, empleando buena
parte del tiempo y los recursos a implementar las exigencias contempladas en
las normas.
Pero, igualmente, cualquier
administración pública, como consecuencia o no directa de su carga de trabajo,
o su particular operativa, derivada del cumplimiento de las regulaciones que le
son propias, pueda incurrir en algún tipo de arbitrariedad ocasionando
perjuicios directos a algún administrado, o colisionando con otras
administraciones en su funcionamiento.
Lo cierto es que la mediación administrativa
es un cauce de resolución de conflictos que comienza a abrirse camino en el ámbito
de las administraciones públicas. Algo que responde, no solo a la necesidad de
reducir el número de asuntos contenciosos, también a la búsqueda de una vía complementaria
de solucionar conflictos jurídicos de forma satisfactoria.
Para abordar estas cuestiones,
nos acompañan, desde Guardo: Luis Javier Cantero Herrero, II Teniente Alcalde, Delegado Áreas de Control, Seguimiento, Transparencia, y Personal. Y,
desde Madrid, el Dr. Gerardo Carballo Martínez, abogado, técnico del Defensor del Pueblo y máster en derechos
fundamentales.
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