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Mostrando entradas de noviembre, 2023

Medioambiente y Derecho Colaborativo

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Ana Luiza P. Etchalus y Valeria A. Lombardo Los Métodos Adecuados o Alternativos para la Resolución de Conflictos (MASC), como hemos tenido ocasión de comprobar en anteriores programas, puede extenderse a diferentes ámbitos.  Los conflictos ambientales, donde aparecen claramente diferenciados el bien que se quiere proteger, es decir el aspecto ambiental a tratar, y la situación conflictiva que se genera cuando dicha protección se pone en peligro, no son una excepción. Múltiples y muy diversos temas relacionados con el medio ambiente podrían ser susceptibles de su abordaje en procesos de resolución de conflictos no adversariales, cuando surge la confrontación de intereses diversos: y así, los usos de aguas, el tratamiento de residuos sólidos, sanitarios o tóxicos, alcantarillado, contaminación, sustancias peligrosas, emanaciones de gas, humo o ruidos, perforaciones y excavaciones en minas, el uso de la tierra, pesticidas, materiales radiactivos, reciclaje,… pero también todos aquellos q

Mediación Escolar

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  Eva María Ávila Becerra Los impulsores de la Cultura de Paz, coinciden en señalar que la educación es uno de los medios fundamentales para promover una cultura de paz. La cultura implica una serie de valores y visiones del mundo y la educación es un instrumento indispensable para que la humanidad pueda progresar en los ideales de paz y justicia social. Se trata de convertirse en ciudadano del mundo sin perder las raíces propias y participar activamente en la vida de la nación y en el entorno local. Pero, ¿qué se hace cuando el conflicto se manifiesta dentro de los centros de enseñanza? La mediación escolar se inicia en los EEUU en la década de los años 60 a raíz de los movimientos por la paz, los grupos religiosos, y las corrientes de aprendizaje cooperativo provenientes de la psicología educativa. El aumento de violencia en las aulas estuvo en el origen de trabajar directamente con el alumnado en la prevención de conflictos. En la década de los ochenta, se comenzaron a aplicar l

Economía del Bien Común

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Ana León Garrigosa La Economía del Bien Común es un modelo económico alternativo que se basa en la satisfacción de las necesidades, la elevación de la calidad de vida y la creación del mayor bien común posible. Fue propuesta por  Christian Felber  en 2010 y se considera una alternativa a los modelos capitalista y comunista. La Economía del Bien Común se basa en el respeto de la dignidad humana, la solidaridad, la democracia y la sostenibilidad ambiental. La posesión de bienes y dinero ha pasado a ser un objetivo en sí mismo. Medimos el nivel de las personas con su riqueza, de las empresas con su balance económico y de los países por su Producto Interior Bruto. Pero en nuestras fórmulas no se cuenta si lo que compramos realmente nos hace más felices o nos ata al consumismo, si las empresas esclavizan a las personas para conseguir su beneficio o si el producto de un estado proviene de la guerra o la destrucción de la naturaleza. La regla básica es la competición, que genera ganadores y p

Mediación y Desarrollo

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  Victorina Bastante Soler Mediación y Cultura de Paz Abordar políticas activas de implantación eficaz de la Mediación como procedimiento estructurado alternativo al litigio, puede resultar más sencillo de resolver -de existir voluntad política, que explicar de forma didáctica, precisa y clara, a la sociedad en qué consiste en realidad esta modalidad de resolución de conflictos. Confusión a la que, quizá, los mediadores también pueden contribuir. Pues, como señala la catedrática de la UNED  Esther Souto Galván ,  “El mediador debe centrarse en ayudar a resolver los conflictos…de forma que las partes puedan dar lugar a la configuración de una nueva salida a su problema, que ambas sientan como propia.” La mediación también puede exceder el marco jurídico, por supuesto, porque es original y única en cada caso concreto. Tampoco los protocolos de actuación pueden ignorar el escenario en el que se desarrolla el procedimiento ya que de igual forma que no todo es mediable, tampoco puede existi

Agentes Mediadores

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Ricardo Acosta Renilla Mediación Policial La ley en España define la mediación como “aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador”. Este procedimiento ha sido aplicado en numerosos ámbitos, con el fin de acometer los conflictos con una visión diferente, evitando la vía judicial y los costes emocionales, de recursos públicos, de tiempo y económicos, que lleva aparejados. Aun cuando pueda sorprender, uno de esos ámbitos ha sido el policial, donde se han obtenido grandes resultados, que a su vez han facilitado una mejor convivencia entre los ciudadanos. El procedimiento ha sido guiado por agentes de policía con formación en mediación, llevando a cabo el proceso formal de una mediación convencional. Desde la puesta en marcha del modelo profesional de policía, las instituciones policiales han ido desarrollando herramientas y técnicas a través